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oct 14 2008
UNESCO pone límites a los saqueadores de los mares PDF Imprimir E-Mail
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Escrito por Redacción Iberarte   
martes, 14 de octubre de 2008
UNESCO,Patrimonio Cultural SubacuáticoLa Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático entrará en vigor en enero de 2009


UNESCO:-Veinte Estados* han ratificado ya la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, lo que permitirá su entrada en vigor el 2 de enero de 2009, tres meses después de la fecha de depósito del vigésimo instrumento de ratificación.

“Estamos viviendo una etapa francamente importante en la historia del patrimonio cultural”, declaró el Director General de la UNESCO, Koichiro Matsuura. “Se trata de un complemento indispensable en el dispositivo normativo de la UNESCO. A partir de ahora, la memoria histórica que representa el patrimonio cultural subacuático podrá gozar de un a protección legal, lo que pondrá término al creciente tráfico ilícito alimentado por los saqueadores de los mares”.

Adoptada en 2001 por la Conferencia General de la UNESCO, esta convención tiene por objetivo garantizar una mejor protección de los restos de navíos naufragados y otros vestigios que yacen bajo las aguas. La comunidad mundial adoptó este tratado internacional en respuesta al aumento del saqueo y la destrucción del patrimonio cultural subacuático por parte de los cazadores de tesoros.

UNESCO,Patrimonio Cultural Subacuático
La variedad y riqueza del patrimonio cultural subacuático es muy considerable
La Convención descansa en cuatro principios esenciales: la obligación de proteger el patrimonio subacuático; su preservación prioritaria in situ, esto es, allí donde se halla sumergido; la negativa a la explotación comercial de los vestigios; y la cooperación entre los Estados con miras a salvaguardar este valioso patrimonio, hacer cobrar al público conciencia de su importancia y propiciar la formación en arqueología submarina. Las disposiciones de la convención no reglamentan en modo alguno la cuestión de la propiedad de los pecios, ni tampoco menoscaban la soberanía y jurisdicción de los Estados, regidas por la ley del mar. En el anexo de la convención se establecen normas relativas a las intervenciones en sitios sumergidos que gozan de un amplio predicamento entre los arqueólogos.

En el transcurso del año que siga a la entrada en vigor de la convención, el Director General de la UNESCO convocará una Reunión de los Estados Partes. Posteriormente, esa reunión tendrá lugar cada dos años como mínimo. Este órgano decidirá cuáles han de ser sus propias funciones y responsabilidades. Asimismo, podrá crear un Consejo Consultivo Científico y Técnico, integrado por expertos, que prestará asistencia especializada a los Estados Partes en todo lo relacionado con la puesta en práctica de las normas establecidas en la convención.

La variedad y riqueza del patrimonio cultural subacuático es muy considerable. En efecto, se calcula que en los fondos oceánicos se hallan diseminados unos tres millones de navíos naufragados, aún sin localizar. Se han llegado a descubrir numerosos vestigios arqueológicos sumergidos, por ejemplo las ruinas del Faro de Alejandría y del palacio de Cleopatra en Egipto, una parte de la antigua Cartago, en Túnez, y la ciudad de Port Royal en Jamaica, destruida por un maremoto en 1692. El patrimonio subacuático comprende también paisajes enteros engullidos por las olas y grutas ornamentadas.

* Barbados, Bulgaria, Camboya, Croacia, Cuba, Ecuador, Eslovenia, España, Jamahiriya Árabe
Libia, Líbano, Lituania, México, Montenegro, Nigeria, Panamá, Paraguay, Portugal, Rumania, Santa Lucía y Ucrania.

 


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